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  • Los niños con cáncer

    Colombia tiene la segunda tasa de mortalidad más alta en cáncer infantil de Latinoamérica, después de México. De acuerdo con el Ministerio de Salud y Protección Social y el Instituto Nacional de Cancerología, las leucemias son la principal causa de enfermedad y muerte en esta población, con 497 casos nuevos al año y 328 defunciones al año. Esta es la razón por la cual en 2010 se expidió la Ley 1388.


    La norma ordena la creación de Unidades de Atención Integrada y da las indicaciones requeridas para que los trámites administrativos sean expeditos, ya que en ellos está el principal obstáculo para los pacientes. Con resoluciones posteriores del 2012 y 2013, el Ministerio de Salud y Protección Social reglamentó dicha ley.
    “La Ley por el Derecho a la Vida de los Niños con Cáncer pretende diseñar un nuevo sistema de atención para los niños. Garantizar por parte de los actores de la seguridad social en salud, todos los servicios que requieren para su detección temprana y tratamiento integral, aplicación de protocolos y guías de atención estandarizados y con la infraestructura, dotación, recurso humano y tecnología requerida, en Centros Especializados habilitados para tal fin”

    – Jesús Cotes Millán, coordinador del Grupo del Área de Salud Pública del Instituto Nacional de Cancerología.


    Fuentes:

    Ley 1388 de 2010 | Resolución 1419 de 2013 | Resolución 2590 de 2012 | Resolución 4504 de 2012 | Resolución 1441 de 2013 | Plan Decenal para el Control del Cáncer en Colombia | Instituto Nacional de Cancerología

    Información Institucional

  • Unidad Funcional para la Atención Integral de Cáncer

    Es el lugar donde el niño encuentra todos los servicios para el tratamiento de su enfermedad. La centralización facilitará que se expida una única autorización, como lo obliga la Ley.

    • Hospitalización
    • Urgencias
    • Transfusión sanguínea
    • Cirugía
    • Transporte asistencial
    • Quimioterapia
    • Radioterapia / Medicina nuclear
    • Unidad de cuidado intensivo
    • Central de mezcla para la preparación de medicamentos
    • Dolor y cuidados paliativos
    • Consulta externa


    Red de Prestación de Servicios Oncológicos

    Es la integración de todas las entidades y los servicios en torno a la enfermedad. La ley señala que debe haber una base de datos nacional que otorgue un registro único al paciente, las EPS deben tener datos sobre el alcance y resultado de sus servicios.

    Hogares de paso

    Son los lugares habilitados para recibir a los pacientes y sus acompañantes en caso de tener que desplazarse fuera del lugar de su residencia. Aplica tanto para diagnóstico como para tratamiento. Busca contrarrestar el abandono del tratamiento por no poder financiar la estadía. Las EPS deben contratarlos sin excepción.